El subsidio de arriendo dirigido a adultos mayores y personas en condición de discapacidad es un beneficio mensual que cubre entre el 90% y 95% del valor del arriendo, dependiendo del tramo del Registro Social de Hogares (RSH). Además, se otorgará un puntaje adicional para aquellos que sean o tengan a una persona cuidadora inscrita en el RSH.
Los adultos mayores beneficiarios de este subsidio deberán realizar un copago mensual que oscila entre el 5% y el 10% de la renta mensual de arriendo, sin necesidad de contar con un ahorro mínimo. La postulación para esta modalidad se puede realizar en línea hasta el 31 de agosto de 2023.
Este subsidio está dirigido a adultos mayores que cumplan con ciertos requisitos establecidos. En primer lugar, deben tener más de 60 años al momento de postular o cumplirlos durante el año en curso, lo cual se acreditará presentando una cédula de identidad vigente. Además, no deben superar el tramo del 70% de la población más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH). También se otorgará un puntaje adicional por edad, discapacidad y por tener la calidad de persona cuidadora dentro del núcleo familiar.
Es necesario acreditar un ingreso mínimo de 5 Unidades de Fomento (aproximadamente $176.096), que corresponde a la pensión asistencial vigente al 2022. Este ingreso mínimo servirá como base para acreditar los ingresos y calcular el copago mensual requerido. No es necesario contar con un ahorro mínimo ni tener un núcleo familiar para postular a al subsidio de arriendo, ya que es posible hacerlo tanto con núcleo familiar como sin él.
Es importante tener en cuenta que, además de los factores de puntaje regulares del programa de subsidio de arriendo, se otorgará un puntaje adicional por edad, el cual varía según la siguiente tabla: de 60 a 69 años se otorgan 20 puntos, de 70 a 79 años se otorgan 40 puntos, de 80 a 89 años se otorgan 60 puntos, y de 90 años en adelante se otorgan 100 puntos.