En Chile, la pensión mínima de alimentos es un aspecto regulado por la ley y se encuentra directamente relacionada con el salario mínimo legal. Con el reciente aumento del salario mínimo a $460.000 a partir del 1 de septiembre, también se ha incrementado el monto mínimo que debe pagarse por concepto de pensión alimenticia.
En noviembre del 2021, se promulgó una ley que no solo estableció la pensión alimenticia mínima, sino que también creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y mejoró los mecanismos para asegurar el cumplimiento del pago de la pensión mínima de alimentos.
Según esta legislación, la pensión alimenticia mínima no puede ser inferior al 40% de un sueldo mínimo cuando se trata de un solo hijo. Por otro lado, si se deben alimentos a más de un hijo, el monto no puede ser inferior al 30% del salario mínimo legal por cada uno de ellos.
Dado el nuevo salario mínimo que entró en vigor a partir del 1 de septiembre de $460.000, el monto mínimo por pensión de alimentos asciende ahora a $184.000 para aquellos que tienen un hijo. Para los padres o madres que deben alimentos por dos o más hijos, el valor mínimo a pagar es de $138.000.
Es importante destacar que estos montos de la pensión mínima de alimentos deben expresarse en Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y son sujetos a reajustes mensuales. En términos de UTM, el monto mínimo de pensiones alimenticias es de 2,91 UTM para aquellos que deben por un solo hijo y de 2,18 UTM si la obligación abarca a dos o más hijos.